Una de las temáticas que actualmente es materia de debate en Chile es respecto a la legalización del matrimonio homosexual. Algunos piensan que debe ser un derecho que se les debe otorgar a las minorías sexuales ya que al negárselo se les estaría discriminando y negando derechos humanos fundamentales. Otros argumentan que el matrimonio es una institución creada por Dios entre un hombre y mujer para la procreación y crianza de hijos y que, por lo tanto, no es válido el concepto de matrimonio aplicable a las minorías sexuales. En iglesias, en el seno familiar, entre jóvenes y por los medios se comenta el tema, pero muchas veces no con la profundidad que se debe abordar, ya que no es un tema solucionable usando solo le sentido común, si es que nuestra sociedad, a través de los procesos democráticos, quiere llegar a una decisión final.
No es tan simple, el entramado social es muy complejo y la dinámica familiar en tiempo y espacio difícil de comprender, por lo que es necesario profundizar un poco más en el tema antes de tocar conceptos y valores que una sociedad debe compartir.
El matrimonio en su concepción más simple es un contrato solemne entre un hombre y una mujer con el fin de acompañarse, procrear y auxiliarse mutuamente (Art. 102 del Código Civil de Chile). En términos antropológicos se puede decir que las sociedades, en su evolución, han creado formas de organización donde el matrimonio se impone como un mecanismo adoptado para garantizar derechos y responsabilidades, no tan solamente entre la pareja propiamente tal, sino sobre los hijos que de ellos nazcan.
Así, el matrimonio es inherente al concepto de familia, con el matrimonio nace la familia tradicional: la del padre, la madre y los hijos, necesaria para mantener y garantizar una unidad mínima de organización, que es la base que sostiene la sociedad.
Por otro lado, la homosexualidad no es un tercer sexo o un tipo de género determinado. Por simple definición eros es “el instinto de conservación de la especie”. Una atracción hacia el mismo sexo no cumple la función de conservación, por lo que la homosexualidad es una anomalía que puede afectar tanto al género masculino como al femenino, y no se puede hablar de “homosexual” como si fuera un tipo de género nuevo.
Es verdad, el “homosexual” tiene derecho a existir y ser respetado, pero no significa cerrar los ojos y considerar su condición como normal. Aun cuando el DSM-II (Manual de Diagnóstico y Estadístico de los Trastornos Mentales, Clasificación Norteamericana) considera a una persona que practica la homosexualidad como normal, su criterio de clasificación es discutible ya que el criterio de clasificación se basa en dos conceptos: 1.- egosintónicos, osea, conforme consigo mismo y 2.- egodistónicos, doloridos por su inclinación. En simples palabras deberían considerarse normales con un criterio parecido al voyerismo, exibicionismo, el sadismo, el masoquismo, problemas de aprendizajes, autismo, entre otros quienes se sienten resignados o que deben ocultar por falta de comprensión ajena, olvidando también que otra parte sufre por tener tal tipo de inclinación sexual (Sobre la Homosexualidad; Zegers, Larraín y Bustamante, 2006).
Por otro lado, hay que tener presente las consecuencias sociales que implica un cambio radical en el concepto de matrimonio y de familia que actualmente es conocido y compartido. Legitimar este tipo de unión traerá un cambio de valores tan radical que socavará aún más los cimientos éticos y morales que sostienen la familia. Si la familia es el átomo de la sociedad, la sexualidad es su núcleo (Art. 1º Constitución Política de Chile). El individuo, en cuanto a la sexualidad, necesita pautas morales que encausen tal instinto punzante de manera tal que protejan a la familia presente y a la por nacer, algo que escapa al simple uso del condón.
El no tener normas de comportamientos claro en la sexualidad trae consigo problemas típicos como embarazos adolecentes, infidelidad conyugal, enfermedades veneras, daños emocionales y posteriores consecuencias que se perpetuán en los niños en un ciclo sin fin, sin mencionar los efectos indirectos de tales efectos. No compartir como sociedad normas claras de comportamiento fisiona el nucleó, produciendo una especie de explosión atómica a nivel social. Actualmente las corrientes progresistas existentes apelan al relativismo y la libertad sexual, abriendo a las futuras generaciones un espectro no claro de familia legítima y de las aspiraciones y responsabilidades en la vida adulta, reafirmando que en el plano de la sexualidad no deben existir valores absolutos, algo que no es benéfico en ningún sentido y constituyen un retroceso para construir una sociedad sana, donde actualmente Europa es un claro ejemplo de des-evolución.
Así, teniendo presente todo lo anterior, el matrimonio homosexual no tendría bases antropológicas, biológicas ni legales, como tampoco claros beneficios para la sociedad, solo el que una minoría se sienta cada vez más integrada, aun cuando las diferencias no siempre demanden condiciones de igualdad. Por lo que los esfuerzos legislativos deberían orientarse a que este tipo de anomalía sea identificado tempranamente por los padres para adoptar tratamientos oportunos y así permitirles a aquellas personas con tal tipo de inclinación llevar una vida normal.
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