sábado, 27 de agosto de 2011

Breve Comentario al Proyecto de Ley de No Discriminación en Chile

Hoy en día existe una presión en el mundo entero para que se aprueben leyes que permitan relaciones entre personas del mismo sexo, con el fin de que la legislación de los países admitan matrimonios de hombres con hombres, mujeres con mujeres y la adopción de hijos e hijas entre matrimonios no heterosexuales.

Actualmente en Chile, existe un movimiento que genera una enorme presión en la clase política y en los medios masivos de comunicación para la modificación de leyes y aceptación de las relaciones entre personas del mismo sexo. Este movimiento es llamado MOVILH y es liderado por Rolando Jiménez.

El 21 de Julio (2011) entró en discusión en el Senado un Proyecto de Ley que establece medidas contra la discriminación por orientación sexual y que sienta las bases, para permitir legislar sobre otras materias como despenalizar la sodomía entre menores de edad (mayores de 14 años) y personas adultas, legalizar el matrimonio homosexual y la adopción de hijos.

Por el accionar de 400 personas evangélicas en la sala del congreso y otras 1000 en la plaza central de Valparaíso, no se logro votar la ley.

Tal proyecto, en términos generales, introduce el hecho de que no se puede discriminar en Chile por orientación sexual, y con ello, abrir la puerta para derogar el artículo 395 del código civil para no penalizar la sodomía entre un menor de edad y un adulto del mismo sexo.Por otro lado, con esta modificación se facilita el cambio de muchas otras leyes que llevarán a la legalización del matrimonio homosexual y la adopción de hijos e hijas.

Por lo tanto, si un joven transita en la exploración de su identidad sexual con una persona de su mismo sexo y mayor de edad, su padre o madre no tendrá autoridad alguna en penalizar tal conducta, siendo violado el núcleo familiar, transgrediendo la voluntad de los padres y quedando el adulto impune porque la ley lo protege.

En nuestra sociedad, es compartido el sentir de que la responsabilidad de la educación sexual de los niños y niñas recae sobre los padres, como también el que los hijos tengan una orientación sexual acorde a su estructura biológica. Estos padres, quienes por medio de su instrucción y la que deben brindar los diferentes actores sociales que interpretan el sentir democrático, deciden como educar a sus hijos en torno a lo sexual, ya sea en escuelas u otras instituciones, pero dadas las condiciones sociales imperantes, claramente este tema se ha escapado de sus manos.

Con la aprobación de esta ley el poder de educación de los padres sobre la orientación sexual de los jóvenes quedará mermado, ya que incluso en los colegios se deberá enseñar esa conducta, no como un hecho contrario a lo natural y lo moral, sino como una elección de vida que puede ser tan buena como lo es la relación heterosexual.

Los estudios apuntan a que los factores de ambiente influyen en la orientación sexual de las personas; por lo tanto, si la educación, las comunicaciones y las leyes reconocen esta condición y la hacen ver como normal y válido y se censura la enseñanza cristiana que lo normal y bueno es la relación heterosexual, obviamente será más dificil manejar los problemas de identidad sexual en los jóvenes, teniendo los padres menos control sobre la educación de los hijos en este tema.

Es sabido que las parejas homosexuales son más inestables que las homosexuales (4 veces más). Esta condición trae consigo conflictos emocionales, depresión y suicidio en mucho de los casos. Además las relaciones de las personas bisexuales traen serios daños emocionales para las ex-parejas, familias disfuncionales en los casos de que el adulto haya formado una familia pese a su condición. Por lo que puedo aseverar que no es la mejor elección. Por otro lado, ¿Porque la orientación sexual debe constituir derecho y demandar condiciones de igualdad? las leyes deben proteger a los individuos, pero no significa que deben cambiar el concepto de lo que la sociedad por años conoce como matrimonio y que implique la demanda de adopción de hijos. Las personas con orientación sexual diferentes son iguales en dignidad y respeto que merece todo ser humano, pero diferente en lo que se refiere a su elección sexual ¿Sería justo que los ricos demandaran que se les graven menos impuesto como a las personas más pobres? Bajo el concepto de solidaridad no es justo ya que el rico debe aportar a la equidad y bienestar social ¿Es válido que una minoría demande que el concepto de matrimonio se extienda a la unión entre personas del mismo sexo y el que no lo acepte sea un delincuente? Bajo el concepto biológico, democrático, de libertad de expresión, educativo y de bienestar social, no es bueno. Por lo tanto, no es justo hablar de discriminación en ese sentido y que la sociedad acepte sus demandas de “igualdad” y esta avale su elección como normal, ya que en términos estadísticos “se apartan lejos de la media”.

Lo dicho en el párrafo anterior puede ser muy controvertido, pero es controvertido para aquellos que solo se inclinan a escuchar la mitad de la historia con la cual simpatizan. Nuestra sociedad está ciega ante el relativismo impuesto por los líderes políticos, la educación y los medios de comunicación, ese sentir de que todo es verdadero, el hecho de que no hay verdad absoluta, donde no existe la moral, donde lo único válido es la libertad y el goce sin esfuerzos. Una sociedad donde todos sienten que son iguales a pesar de las evidentes diferencias, que dice que el adulto no es más sabio que el joven, donde se exige respeto pero a la autoridad no se le respeta.

Aquella que se mofa diciendo que el conservador es un retrasado y que el liberal es un icono social. Pero este relativismo no cambiará nunca el hecho de que la mejor elección es aquella que da la naturaleza, que la abstinencia sexual te cuida física y emocionalmente, te ayuda a madurar y a progresar; que la mejor familia es la constituida por un padre y una madre, que el amor va más allá de los sentimientos y que el matrimonio es una decisión a amar por toda la vida y no una decisión nacida de un sentimiento que a veces se confunde con el verdadero amor. Por eso el absolutismo (no hablo de política) en muchos casos se impone ante el relativismo, y establece una ética que mantiene las mejores pautas de comportamiento. No es malo tener moral, no es mala la censura.

Por ello, la ética y la moral en el sexo no son malas aún cuando se crea que actualmente es innecesaria. El sexo es una fuerza poderosa que no tan solo implica la reproducción, sino el placer, el afecto, roles sociales, identidad, incluso llegando afectar aspectos tales como la economía, entre otros. Como tal, esta fuerza debe mantenerse bajo control con patrones de comportamiento moral y ético que lleven a que el sexo accione bajo estándares que cuiden la integridad de las personas y mantengan a la sociedad en equilibrio. No controlar tal fuerza provoca el origen de adulterios, embarazos no deseados, enfermedades venéreas, violaciones, abusos sexuales, daños emocionales, destrucción del capital intelectual de los jóvenes (por criar hijos e hijas en lugar de educarse), padres sin el apoyo de una pareja, etc. cosas que a la vez traen otros problemas consigo muy conocidos y que se perpetúan en los decendientes.

La ley a la no discriminación es de un relativismo extremo y peligroso, mermará el accionar moral de las iglesias, se corre el riesgo a pensar de que todo será discriminación, aún cuando la intención es solo enseñar moral y ética, solo por enseñar que hombre y mujer es la única verdad, y será ahondado por el hecho de que el homosexual hoy es icono y simbolo de integración y el ministro de Dios es visto como malvado. Los tribunales castigarán sin entender la realidad de las iglesias, sin comprender a aquellos que creen en un ejemplo de familia absoluto, los que defienden los lazos naturales que entrega la vida.

La ley además va en contra de la predicación de la palabra de Dios, lo que impedirá que muchos cristianos puedan expresarse libremente su punto de vista en relación a la orientación sexual de hombres y mujeres, los condenará si no unen en matrimonio a una pareja homosexual, implicando incluso multas y presidio por el no pago de aquellas.

Así, a la ley a la no discriminación solo beneficiará a una minoría, que debe ser de todos modos protegida, pero que no puede imponerse ante las convicciones de aquellos que aún creen en lo absoluto, ni tampoco entorpecer la educación que un padre entrega al hijo, ni menos socavar una institución que ha mostrado su eficacia por años.

miércoles, 24 de agosto de 2011

Mirada Crítica al Posible Matrimonio Civil Homosexual en Chile.

Una de las temáticas que actualmente es materia de debate en Chile es respecto a la legalización del matrimonio homosexual. Algunos piensan que debe ser un derecho que se les debe otorgar a las minorías sexuales ya que al negárselo se les estaría discriminando y negando derechos humanos fundamentales. Otros argumentan que el matrimonio es una institución creada por Dios entre un hombre y mujer para la procreación y crianza de hijos y que, por lo tanto, no es válido el concepto de matrimonio aplicable a las minorías sexuales. En iglesias, en el seno familiar, entre jóvenes y por los medios se comenta el tema, pero muchas veces no con la profundidad que se debe abordar, ya que no es un tema solucionable usando solo le sentido común, si es que nuestra sociedad, a través de los procesos democráticos, quiere llegar a una decisión final.

No es tan simple, el entramado social es muy complejo y la dinámica familiar en tiempo y espacio difícil de comprender, por lo que es necesario profundizar un poco más en el tema antes de tocar conceptos y valores que una sociedad debe compartir.

El matrimonio en su concepción más simple es un contrato solemne entre un hombre y una mujer con el fin de acompañarse, procrear y auxiliarse mutuamente (Art. 102 del Código Civil de Chile). En términos antropológicos se puede decir que las sociedades, en su evolución, han creado formas de organización donde el matrimonio se impone como un mecanismo adoptado para garantizar derechos y responsabilidades, no tan solamente entre la pareja propiamente tal, sino sobre los hijos que de ellos nazcan.

Así, el matrimonio es inherente al concepto de familia, con el matrimonio nace la familia tradicional: la del padre, la madre y los hijos, necesaria para mantener y garantizar una unidad mínima de organización, que es la base que sostiene la sociedad.

Por otro lado, la homosexualidad no es un tercer sexo o un tipo de género determinado. Por simple definición eros es “el instinto de conservación de la especie”. Una atracción hacia el mismo sexo no cumple la función de conservación, por lo que la homosexualidad es una anomalía que puede afectar tanto al género masculino como al femenino, y no se puede hablar de “homosexual” como si fuera un tipo de género nuevo.

Es verdad, el “homosexual” tiene derecho a existir y ser respetado, pero no significa cerrar los ojos y considerar su condición como normal. Aun cuando el DSM-II (Manual de Diagnóstico y Estadístico de los Trastornos Mentales, Clasificación Norteamericana) considera a una persona que practica la homosexualidad como normal, su criterio de clasificación es discutible ya que el criterio de clasificación se basa en dos conceptos: 1.- egosintónicos, osea, conforme consigo mismo y 2.- egodistónicos, doloridos por su inclinación. En simples palabras deberían considerarse normales con un criterio parecido al voyerismo, exibicionismo, el sadismo, el masoquismo, problemas de aprendizajes, autismo, entre otros quienes se sienten resignados o que deben ocultar por falta de comprensión ajena, olvidando también que otra parte sufre por tener tal tipo de inclinación sexual (Sobre la Homosexualidad; Zegers, Larraín y Bustamante, 2006).

Por otro lado, hay que tener presente las consecuencias sociales que implica un cambio radical en el concepto de matrimonio y de familia que actualmente es conocido y compartido. Legitimar este tipo de unión traerá un cambio de valores tan radical que socavará aún más los cimientos éticos y morales que sostienen la familia. Si la familia es el átomo de la sociedad, la sexualidad es su núcleo (Art. 1º Constitución Política de Chile). El individuo, en cuanto a la sexualidad, necesita pautas morales que encausen tal instinto punzante de manera tal que protejan a la familia presente y a la por nacer, algo que escapa al simple uso del condón.

El no tener normas de comportamientos claro en la sexualidad trae consigo problemas típicos como embarazos adolecentes, infidelidad conyugal, enfermedades veneras, daños emocionales y posteriores consecuencias que se perpetuán en los niños en un ciclo sin fin, sin mencionar los efectos indirectos de tales efectos. No compartir como sociedad normas claras de comportamiento fisiona el nucleó, produciendo una especie de explosión atómica a nivel social. Actualmente las corrientes progresistas existentes apelan al relativismo y la libertad sexual, abriendo a las futuras generaciones un espectro no claro de familia legítima y de las aspiraciones y responsabilidades en la vida adulta, reafirmando que en el plano de la sexualidad no deben existir valores absolutos, algo que no es benéfico en ningún sentido y constituyen un retroceso para construir una sociedad sana, donde actualmente Europa es un claro ejemplo de des-evolución.

Así, teniendo presente todo lo anterior, el matrimonio homosexual no tendría bases antropológicas, biológicas ni legales, como tampoco claros beneficios para la sociedad, solo el que una minoría se sienta cada vez más integrada, aun cuando las diferencias no siempre demanden condiciones de igualdad. Por lo que los esfuerzos legislativos deberían orientarse a que este tipo de anomalía sea identificado tempranamente por los padres para adoptar tratamientos oportunos y así permitirles a aquellas personas con tal tipo de inclinación llevar una vida normal.